Declarar corresponde declarar infundado el recurso de apelación presentado por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL contra la Resolución N° 525-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de agosto de 2017, emitido por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar corresponde declarar infundado el recurso de apelación presentado por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL contra la Resolución N° 602-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de setiembre de 2017, emitido por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Raquel Huapaya Porras, Apoderada de la empresa de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, contra la Resolución N° 0524-2017/SBN-DGPE-SDAPE del 28 de agosto de 2017, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la via administrativa.
Confirmar la Resolución Nº 403-2017/SBN-DGPE-SDDI de fecha 23 de junio de 2017 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar corresponde declarar FUNDADO el recurso de apelación presentado por la COMPAÑÍA MINERA CARAVELÍ S.A.C. correspondiendo dejar sin efecto la Resolución N° 579-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 20 de setiembre de 2017 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y continuar con el procedimiento de otorgamiento del derecho de servidumbre.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Raquel Elena Tasso Climaco contra la recuperación extrajudicial realizada en el predio de 1 575,00 m², ubicado a la altura de km. 149 de la antigua carretera Panamericana Norte, a 2 kilometros al oste de la antigua Panamericana Norte, distrito de huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Raquel Huapaya Porras, Apoderada de la empresa de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, contra la Resolución N° 0498-2017/SBN-DGPE-SDAPE del 21 de agosto de 2017, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la via administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Raquel Huapaya Porras, Apoderada de la empresa de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, contra la Resolución N° 0494-2017/SBN-DGPE-SDAPE del 18 de agosto de 2017, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la via administrativa.
Declarar improcedente el recurso de apelación presentado por PAULINO SURCO QUISPE, contra el Oficio N° 06414-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 01 de septiembre de 2017, emitido por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar improcedente el recurso de apelación presentado por la ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA CIUDAD DE LA PACIFICACIÓN MOLLEPATA II, debidamente representado por su presidente don Simeón Carhuas Yucra, contra el Oficio N° 06327-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de agosto de 2017 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa.