Resolución N° 0091-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-09-10
ARTÍCULO 1.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAMACA, representada por el alcalde Domingo Salas Centeno contra la Resolución 0558-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 27 de junio de 2024, conforme a los fundamentos de la presente Resolución, dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2.- CONFIRMAR la Resolución 0558-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 27 de junio de 2024. ARTÍCULO 3.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley, asimismo DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0090-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-09-06
ARTÍCULO 1.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la Junta Directiva de la agrupación de ciudadanos que se denomina COMUNIDAD CAMPESINA INDÍGENA DE HUANCUTE, representada por su presidente, Martha Elena Cayo Cayo, contra la Resolución 0528-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 11 de junio de 2024, conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución, dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2.- CONFIRMAR la Resolución 0528-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 11 de junio de 2024, conforme a los fundamentos de la presente Resolución. ARTÍCULO 3.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley, asimismo DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0089-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-09-02
ARTÍCULO 1°.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentada por MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO, representada por su Procurador Público Adjunto Roberto Carlos García Torres, contra la Resolución 315-2024/SBN-DGPE-SDDI del 5 de abril del 2024. ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley y DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0088-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-29
ARTÍCULO 1°.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la JUAN ROMERO HINOJOSA y ALEJANDRA AROTOMA MALLASCA, contra la Resolución 0581-2024/SBN-DGPE-SDDI del 30 de mayo de 2024; conforme a los fundamentos expuestos, dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2°.- CONFIRMAR el contenido de la Resolución 0581-2024/SBN-DGPE-SDDI del 30 de mayo de 2024. ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley. ARTÍCULO 4°- DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0087-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-23
ARTÍCULO 1°. - Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS TOTORILLAS DE ANCÓN, representada por su presidente del Consejo Directivo, Luis Alberto Castilla Carrera, contra la Resolución 0601-2024/SBN-DGPE-SDDI del 31 de mayo de 2024 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario; por los motivos expuestos en la presente, dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2°. – CONFIRMAR la Resolución 0601-2024/SBN-DGPE-SDDI del 31 de mayo de 2024 ARTÍCULO 3°. – NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley, asimismo DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0086-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-23
ARTÍCULO 1°. - Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por EVELYN ZARELA DEL CARPIO REGENTE, contra la Resolución 0510-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 29 de mayo del 2024, que desestimó el recurso de reconsideración contra la Resolución 0421- 2024/SBN-DGPE-SDAPE del 12 de abril del 2024, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal. ARTÍCULO 2°.- CONFIRMAR la Resolución 0510-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 29 de mayo del 2024. ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley. ARTÍCULO 4°- DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0085-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-23
ARTÍCULO 1°.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa AMG - AUPLATA MINING GROUP PERÚ S.A.C., representada por Kristiam Veliz Soto, contra la Resolución 0411-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 27 de marzo de 2024; conforme a los fundamentos expuestos, dándose por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 2°.- CONFIRMAR el contenido de la Resolución 0411-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 27 de marzo de 2024. ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley. ARTÍCULO 4°- DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).
Resolución N° 0084-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-23
ARTÍCULO 1.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAMACA, representada por el alcalde Domingo Salas Centeno contra la Resolución 0073-2024/SBN-DGPE del 12 de julio de 2024, conforme a los fundamentos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2.- Disponer el REGISTRO del recurso de apelación contenido en el escrito del 14 de agosto de 2024 (S.I. 23079-2024), porque se encuentra relacionado con la queja administrativa presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAMACA, representada por el alcalde Domingo Salas Centeno contra profesionales de la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.2.8 de la Directiva 00002-2022-SBN/GG “Disposiciones para la Gestión de Reclamos y Quejas interpuestos ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN”, aprobada con Resolución 0043-2022/SBN-GG del 19 de abril de 2022. ARTÍCULO 3.- COMUNICAR lo resuelto a la Unidad de Trámite Documentario, a fin de que notifique la presente Resolución a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAMACA, representada por el alcalde Domingo Salas Centeno; y se proceda conforme al numeral 7.2.7 de la Directiva 00002-2022-SBN/GG “Disposiciones para la Gestión de Reclamos y Quejas interpuestos ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN”, aprobada con Resolución 0043-2022/SBN-GG del 19 de abril de 2022.
Resolución N° 0083-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-20
ARTÍCULO 1.- Declarar FUNDADA la queja administrativa presentada por el administrado RICARDO LUCANO GONZÁLES, contra profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario. ARTÍCULO 2.- Disponer el REGISTRO de la queja administrativa presentada por el administrado RICARDO LUCANO GONZÁLES, contra profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.2.8 de la Directiva 00002-2022-SBN/GG “Disposiciones para la Gestión de Reclamos y Quejas interpuestos ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN”, aprobada con Resolución 0043-2022/SBN-GG del 19 de abril de 2022. ARTÍCULO 3.- COMUNICAR la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos para que, a través de la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario, evalúe y precalifique la presunta falta. ARTÍCULO 4.- COMUNICAR lo resuelto a la Unidad de Trámite Documentario, a fin de que notifique la presente Resolución al administrado RICARDO LUCANO GONZÁLES; y por correo electrónico a la Unidad de Trámite Documentario para los fines prescritos en el numeral 7.2.7 de la Directiva 00002-2022-SBN/GG “Disposiciones para la Gestión de Reclamos y Quejas interpuestos ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN”, aprobada con Resolución 0043-2022/SBN-GG del 19 de abril de 2022.
Resolución N° 0082-2024/SBN-DGPE
Publicado el 2024-08-20
Artículo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentada por FELICINO CÓRDOVA GÓMEZ contra el Oficio 00983-2024/SBN-DPGE-SDDI del 28 de febrero de 2024, conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución conforme a Ley. ARTÍCULO 3°- DISPONER que la presente Resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).