Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Elva Rosa Quñones Colchado representante del CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL COLEGIO DE OBSTETRAS DEL PERÚ, contra la Resolución N° 738-2017/SBN-DGPE-SDDI del 17 de noviembre de 2017, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por CORNELIO CIPRIANO GUTIERREZ MAMANI, contra la Resolución N° 704-2017/SBN-DGPE-SDDI del 07 de noviembre de 2017, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la CORPORACIÓN INDUSTRIAL MARSAL S.A.C. representada por su Gerente General Nilo Feliciano Vargas Urpi, contra la Resolución N° 725-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 31 de octubre de 2017 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal (SDAPE), dando por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Jancarlos Jair Vega Lugo, representante de la empresa CONTUGAS S.A.C., contra la Resolución N° 0724-2017/SBN-DGPE-SDAPE, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa.
Artículo Único.- RECTIFICAR el error material contenido en el Artículo 1° de la Resolución Nº 156-2017/SBN-DGPE, en los siguientes términos: “Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por JORGE LUIS CUYA LAVY, contra el Oficio Nº 4725-2017/SBN-DGPE-SDAPE del 18 de julio de 2017, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal – SDAPE, dándose por agotada la vía administrativa”.
Declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por el Coronel Fap Hernán Giovani Diaz Guevara, Director de Administración de Bienes de la FUERZA AÉREA DEL PERU, en adelante "LA FAP", contra la contra la las resoluciones Nos 519, 520, 522, 523 y 524-2017/SBN-DGPE-SDDI del 14 de agosto de 2017, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, dándose por agotada la vía administrativa.
Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Raquel Huapaya Porras, Apoderada de la empresa de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, contra la Resolución N° 0622-2017/SBN-DGPE-SDAPE del 02 de octubre de 2017, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la via administrativa.
Declarar INFUNDADO el pedido de nulidad interpuesto por el señor Walter Luis Ita Bayona en su condición de representante legal de Felicísima Dora Tamara Castro contra la resolución N° 0059-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de enero de 2017 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación presentado por la ASOCIACIÓN DE MERCADO SEÑOR DE LOS MILAGROS LOS PINOS DE SANTA MARÍA, debidamente representado por Silvia Ipushima Enith, contra la resolución N° 0554-2017/SBN-DGPE-SDDI de fecha 05 de septiembre de 2017 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, dando por agotada la vía administrativa.
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la EMPRESA INMOBILIARIA DE LIMA - EMILIMA S.A. representada por su Gerente General Sonia Cordero Vásquez, contra la Resolución Nº 0628-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 04 de octubre de 2017 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario (SDDI), dando por agotada la vía administrativa.