Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0103-2016/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2016-02-22
Revertir a favor del Estado los predios descritos en el anexo adjunto a la presente Resolución, ubicados en el distrito de Ventanilla, de la Provincia Constitucional del Callao.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 19 623,39 m², ubicado en la margen derecha de la carretera Panamericana Sur (altura del kilómetro 1140) tramo Arequipa – Moquegua, al norte de los denominados cerros La Laja y Pan de Azúcar, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Asumir la titularidad de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del terreno de 1 388 017,72 m² ubicado al sur del puerto de Ilo, a 400 ml. de la playa El Palo, altura de los Km. 16 al 19 de la carretera Costanera Ilo-Tacna, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua que corre inscrito a favor de la Junta de Administración Binacional de la zona Franca Turística de Playa en Ilo en la Partida Registral Nº 11008899 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral nº XIII-Sede Tacna, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Asumir la titularidad de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 600,000.00 m², ubicado adyacente a la carretera Costanera, en el sector Coquina, que forma parte de la denominada “Playa Nº 1”, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua que corre inscrito a favor de la Junta de Administración de la Zona Franca Turística de Playa de Ilo en la Partida Registral Nº 11007384 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral nº XIII-Sede Tacna, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Asumir la titularidad de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 600 000,00 m², adyacente a la carretera Costanera, en el sector Coquina, que forma parte de la denominada “Playa Nº 2”, en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua que corre inscrito a favor de la Junta de Administración de la Zona Franca Turística de Playa de Ilo en la Partida Registral Nº 05001673 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral nº XIII-Sede Tacna, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Asociación de Voluntarios Fuerza Triunfal, respecto del predio de 200,00 m², ubicado en el asentamiento humano Nueva Esperanza – Primera Etapa, sector A, manzana J4, lote 16, sector 4, distrito, provincia y departamento de Piura.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ica, sobre otorgamiento del derecho de Servidumbre del área de 275 429,20 m², ubicado en el distrito de Marcona, Provincia de Nazca y departamento de Ica, requerida por la Compañía Minera Agregados Calcáreos S.A., por las razones expuestos en la parte considerativa.
Aceptar el desistimiento del procedimiento formulado por empresa Enel Green Power Perú S.A., y en consecuencia, dar por concluido el procedimiento administrativo de constitución de derecho de Servidumbre del predio de 93 639 841,00 m² ubicada en el distrito de Lomas, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Moquegua, sobre otorgamiento del derecho de Servidumbre del área de 10 000 000,00 m², requerida por la Empresa de Transportes Marón E.I.R.L., ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, por las razones expuestas en la parte considerativa.
Modificar la titularidad de la Afectación en uso realizada mediante la Resolución N° 014-2006/SBN-GO-JAD de fecha 06 de marzo de 2006, a favor del Ministerio del Interior - Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, por un plazo indeterminado, siendo esta la nueva entidad afectataria del predio de 1 372,60 m², ubicado en el lote 4, manzana E, urbanización Campo de Polo, frente a la Av. Contralmirante Montero, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 46426568 del Registro de Predios de Lima, donde vienen funcionando sus oficinas administrativas y operativas.