SBN IMPLEMENTA FORMULARIO PARA EL REGISTRO DE INMUEBLES DE ENTIDADES DEL ESTADO
Fuente: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN

Las entidades públicas podrán acceder rápidamente a formulario creado por la SBN ingresando al portal institucional.

 

Lima, 9 de mayo de 2018.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en respuesta al Decreto de Urgencia Nº 005-2018, emitió la Resolución 039-2018/SBN con el cual aprueba el formulario “Relación de inmuebles utilizados por las entidades del Gobierno Nacional” para el registro de los inmuebles que usan las entidades del Estado.

El objetivo de este formulario virtual es crear una relación de los inmuebles que usan las entidades estatales bajo cualquier modalidad, sean de su propiedad; bajo su administración; arrendados o bajo cualquier otro título. Dicho formulario se encuentra en el siguiente link: www.sbn.gob.pe/SGISBN/du.php

La SBN, que quedó constituida como responsable de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, procesará la información remitida y la presentará ante la Comisión, a través de, un informe de diagnóstico y propuestas para su evaluación.

La Comisión, creada para proponer lineamientos y criterios a emplear para el uso de inmuebles de las entidades del Gobierno Nacional, depende del MVCS, cuyo representante la preside, también la integra un representante de la SBN, uno de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y uno del Ministerio de Economía y Finanzas.

Procedimiento

A partir de la vigencia de la presente norma, las entidades del Estado tendrán quince días calendario para remitir a la Secretaría Técnica la relación de bienes inmuebles que vienen siendo utilizados.

Para las entidades públicas que no tengan acceso al formulario virtual serán sus gerentes de administración, o el que haga a sus veces, quiénes deberán remitir al correo electrónico decreto_urgencia@sbn.gob.pe la siguiente información: nombre completo del servidor acreditado, D.N.I., correo electrónico y R.U.C. de la entidad, a fin de, recibir un usuario y una contraseña de acceso al formulario virtual.

La Comisión podrá ampliar sus alcances en inmuebles de gobiernos regionales y locales, mediante decretos supremos progresivos que publique la PCM.